Catastro Multipropósito

MUTACIONES DE TERCERA CLASE

Cambio de área construida
Demolición total o parcial
Modificaciones de características constructivas
Cambio de destino económico
Cambio de uso de la construcción
Cambio de área construida
Descripción
Incorpora nueva construcción. Adición de metros cuadrados construidos (nuevas edificaciones, ampliaciones).
¿Quién puede solicitarlo?
Propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizado. En predios sometidos a régimen de PH, también el representante legal de la copropiedad, su apoderado y/o autorizados.
¿Cuál es la naturaleza y efectos de la inscripción catastral?
La inscripción en el catastro no constituye título de dominio, no sanea los vicios de la propiedad o tradición y no puede alegarse como excepción contra el que pretenda tener mejor derecho de propiedad o posesión del predio.
¿Genera cambios en el avalúo?
SI
¿Desde cuándo aplica el nuevo avalúo?
Esta mutación afectará los avalúos catastrales desde la vigencia correspondiente a la fecha de inscripción.
Término de ejecución
Tienen un término de 15 días hábiles. De requerirse visita técnica, el plazo será de de 30 días hábiles.
¿Cuál es la fecha de inscripción?
La fecha que se inscribirá será la de radicación de la solicitud correspondiente o la fecha de inicio de la actuación administrativa cuando se realiza de manera oficiosa.
¿Cuándo queda aplicado?
1. Cuando contra ellos no proceda ningún recurso, desde el día siguiente al de su notificación, comunicación o publicación según el caso.

2. Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos.

3. Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos.

4. Desde el día siguiente al de la notificación de la aceptación del desistimiento de los recursos.

¿Qué necesitas presentar?
(Especificar si es propietario de predio formal si es poseedor u ocupante de predio informal)
01
Solicitud presentada por propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizados. Tratándose de solicitud verbal en ventanilla, diligenciar el Formulario único de solicitud de trámites catastrales.
02
Copia simple del título de dominio debidamente registrado, que evidencie modificaciones, aclaraciones y/o correcciones con sus respectivos anexos (opcional).
03
Cualquier medio probatorio que permita sustentar la solicitud como planos arquitectónicos por tipo de construcción aprobados y protocolizados, fotografías, dictámenes periciales, o cualquier otro documento que contenga información sobre la existencia, incorporación y/o ampliación de las construcciones.
04
En caso de existir parqueaderos, se debe anexar registro fotográfico.
Demolición total o parcial
Descripción
Eliminación total o parcial de la construcción. Disminución de metros cuadrados construidos (demoliciones totales o parciales).
¿Quién puede solicitarlo?
Propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizado. En predios sometidos a régimen de PH, también el representante legal de la copropiedad, su apoderado y/o autorizados.
¿Cuál es la naturaleza y efectos de la inscripción catastral?
La inscripción en el catastro no constituye título de dominio, no sanea los vicios de la propiedad o tradición y no puede alegarse como excepción contra el que pretenda tener mejor derecho de propiedad o posesión del predio.
¿Genera cambios en el avalúo?
SI
¿Desde cuándo aplica el nuevo avalúo?
Esta mutación afectará los avalúos catastrales desde la vigencia correspondiente a la fecha de inscripción.
Término de ejecución
Tienen un término de 15 días hábiles. De requerirse visita técnica, el plazo será de de 30 días hábiles.
¿Cuál es la fecha de inscripción?
La fecha que se inscribirá será la de radicación de la solicitud correspondiente o la fecha de inicio de la actuación administrativa cuando se realiza de manera oficiosa.
¿Cuándo queda aplicado?
1. Cuando contra ellos no proceda ningún recurso, desde el día siguiente al de su notificación, comunicación o publicación según el caso.

2. Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos.

3. Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos.

4. Desde el día siguiente al de la notificación de la aceptación del desistimiento de los recursos.

¿Qué necesitas presentar?
(Especificar si es propietario de predio formal si es poseedor u ocupante de predio informal)
01
Solicitud presentada por propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizados. Tratándose de solicitud verbal en ventanilla diligenciar el Formulario único de solicitud de trámites catastrales.
02
Copia simple del título de dominio debidamente registrado, que evidencie modificaciones, aclaraciones y/o correcciones con sus respectivos anexos (opcional).
03
Cualquier medio probatorio que permita sustentar la solicitud como planos arquitectónicos por tipo de construcción aprobados y protocolizados, fotografías, dictámenes periciales, o cualquier otro documento que contenga información sobre la demolición o inexistencia de las construcciones.
Modificaciones de características constructivas
Descripción
Cambio en materiales, acabados, estructura. Mejora o deterioro en la calidad de los materiales de construcción.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizado. En predios sometidos a régimen de PH, también el representante legal de la copropiedad, su apoderado y/o autorizados.
¿Cuál es la naturaleza y efectos de la inscripción catastral?
La inscripción en el catastro no constituye título de dominio, no sanea los vicios de la propiedad o tradición y no puede alegarse como excepción contra el que pretenda tener mejor derecho de propiedad o posesión del predio.
¿Genera cambios en el avalúo?
SI
¿Desde cuándo aplica el nuevo avalúo?
Esta mutación afectará los avalúos catastrales desde la vigencia correspondiente a la fecha de inscripción.
Término de ejecución
Tienen un término de 15 días hábiles. De requerirse visita técnica, el plazo será de de 30 días hábiles.
¿Cuál es la fecha de inscripción?
La fecha que se inscribirá será la de radicación de la solicitud correspondiente o la fecha de inicio de la actuación administrativa cuando se realiza de manera oficiosa.
¿Cuándo queda aplicado?
1. Cuando contra ellos no proceda ningún recurso, desde el día siguiente al de su notificación, comunicación o publicación según el caso.

2. Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos.

3. Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos.

4. Desde el día siguiente al de la notificación de la aceptación del desistimiento de los recursos.

¿Qué necesitas presentar?
(Especificar si es propietario de predio formal si es poseedor u ocupante de predio informal)
01
Solicitud presentada por propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizados. Tratándose de solicitud verbal en ventanilla diligenciar el Formulario único de solicitud de trámites catastrales.
02
Copia simple del título registrado, que evidencie modificaciones, aclaraciones y/o correcciones con sus respectivos anexos (opcional).
03
Cualquier medio probatorio que permita sustentar la solicitud tales como planos arquitectónicos por tipo de construcción autorizados y protocolizados, fotografías, informes técnicos o cualquier otro documento que contenga información sobre la existencia de modificaciones de las características constructivas.
Cambio de destino económico
Descripción
Cambios que se presenten respecto a la destinación económica de una unidad predial. Transformación de la actividad ejercida en el predio (ej. de residencial a comercial).
¿Quién puede solicitarlo?
Propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizado. En predios sometidos a régimen de PH, también el representante legal de la copropiedad, su apoderado y/o autorizados.
¿Cuál es la naturaleza y efectos de la inscripción catastral?
La inscripción en el catastro no constituye título de dominio, no sanea los vicios de la propiedad o tradición y no puede alegarse como excepción contra el que pretenda tener mejor derecho de propiedad o posesión del predio.
¿Genera cambios en el avalúo?
SI
¿Desde cuándo aplica el nuevo avalúo?
Esta mutación afectará los avalúos catastrales desde la vigencia correspondiente a la fecha de inscripción.
Término de ejecución
Tienen un término de 15 días hábiles. De requerirse visita técnica, el plazo será de de 30 días hábiles.
¿Cuál es la fecha de inscripción?
La fecha que se inscribirá será la de radicación de la solicitud correspondiente o la fecha de inicio de la actuación administrativa cuando se realiza de manera oficiosa.
¿Cuándo queda aplicado?
1. Cuando contra ellos no proceda ningún recurso, desde el día siguiente al de su notificación, comunicación o publicación según el caso.

2. Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos.

3. Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos.

4. Desde el día siguiente al de la notificación de la aceptación del desistimiento de los recursos.

¿Qué necesitas presentar?
(Especificar si es propietario de predio formal si es poseedor u ocupante de predio informal)
01
Solicitud presentada por propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizados. Tratándose de solicitud verbal en ventanilla diligenciar el Formulario único de solicitud de trámites catastrales.
02
Podrán aportarse: planos protocolizados de localización, planos arquitectónicos, fotografías, registros mercantiles, certificados de existencia y representación legal y/o cualquier documento que permita sustentar el cambio del destino económico. Para la inscripción del cambio se verificará la actividad predominante que se desarrolle en el predio.
Cambio de uso de la construcción
Descripción
Cambios en el uso específico de las unidades de construcción. Modificación de la función de la edificación (ej. de oficinas a vivienda).
¿Quién puede solicitarlo?
Propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizado. En predios sometidos a régimen de PH, también el representante legal de la copropiedad, su apoderado y/o autorizados.
¿Cuál es la naturaleza y efectos de la inscripción catastral?
La inscripción en el catastro no constituye título de dominio, no sanea los vicios de la propiedad o tradición y no puede alegarse como excepción contra el que pretenda tener mejor derecho de propiedad o posesión del predio.
¿Genera cambios en el avalúo?
SI
¿Desde cuándo aplica el nuevo avalúo?
Esta mutación afectará los avalúos catastrales desde la vigencia correspondiente a la fecha de inscripción.
Término de ejecución
Tienen un término de 15 días hábiles. De requerirse visita técnica, el plazo será de de 30 días hábiles.
¿Cuál es la fecha de inscripción?
La fecha que se inscribirá será la de radicación de la solicitud correspondiente o la fecha de inicio de la actuación administrativa cuando se realiza de manera oficiosa.
¿Cuándo queda aplicado?
1. Cuando contra ellos no proceda ningún recurso, desde el día siguiente al de su notificación, comunicación o publicación según el caso.

2. Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos.

3. Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos.

4. Desde el día siguiente al de la notificación de la aceptación del desistimiento de los recursos.

¿Qué necesitas presentar?
(Especificar si es propietario de predio formal si es poseedor u ocupante de predio informal)
01
Solicitud presentada por propietario, poseedor u ocupante, su representante debidamente identificado, apoderado y/o autorizados. Tratándose de solicitud verbal en ventanilla, diligenciar el Formulario único de solicitud de trámites catastrales.
02
Podrán aportarse: planos protocolizados de localización, planos arquitectónicos, fotografías, registros mercantiles, certificados de existencia y representación legal y/o cualquier documento que permita sustentar el cambio del uso de la construcción. Se debe tener en cuenta la actividad desarrollada en la construcción.
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O presente su trámite de manera presencial en la Ventanilla Única de Catastro Multipropósito en la Diagonal Santander # 3-56 Los Caobos · Cúcuta · Norte de Santander · Colombia